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Las personas que trabajen en Fiesta Patrias percibirán triple pago
En caso de que no haya descanso alternativo en otro día, los trabajadores de los sectores público y privado que trabajen durante las vacaciones de los días 28 y 29 de julio recibirán una triple remuneración por cada día. De conformidad con el Decreto Legislativo 713, norma que regula los feriados nacionales no laborales, la cámara de comercio de Lima (CCL) informó al respecto.
«De hecho, el Artículo 8 del decreto Legislativo 713 establece que los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo» – dijo el jefe del Centro Jurídico de la CCL Victor Zavala.
También observa que, de conformidad con el artículo 9 del mencionado decreto, se dispone que, si un empleado que trabaja en días festivos, sin descanso reemplazante otro día, tendrá derecho a una remuneración diaria más una sobretasa del 100%.
Por lo tanto, si el empleado trabaja los días 28 y 29 de julio sin interrupción en el reemplazo, recibe: una recompensa diaria por vacaciones; una segunda recompensa por el trabajo realizado; y una tercera recompensa adicional por el trabajo en días festivos, siempre que no tenga una pausa alternativa en otro día.
Por ejemplo, un representante de un gremio empresarial explicó que si un empleado recibe una compensación diaria de 40 sales y no trabaja durante ninguno de los días mencionados (28 y 29 de julio), el empleado percibirá 40 sales.
Al mismo tiempo, si va a trabajar en vacaciones con un descanso de reemplazo en otro día, solo pagará 40 soles por vacaciones, un concepto que entra en su compensación semanal, de dos semanas o mensual, y si el empleado trabaja en un día de vacaciones, sin interrupción de reemplazo, recibirá una recompensa diaria Triple.
Es decir, una remuneración por vacaciones que se incluye en su remuneración semanal, de dos semanas o mensual, una segunda remuneración por el trabajo realizado y una tercera remuneración por el trabajo el día libre.
Feriados Nacionales
Cabe señalar que este año los feriados no laborales para los trabajadores públicos y privados que aún quedan por celebrar son los siguientes:
Fiestas Patrias (28 y 29 de julio), Santa Rosa de Lima (30 de agosto), La Batalla de Angamos (8 de octubre), Día de todos los Santos (1 de noviembre), la Concepción Inmaculada (8 de diciembre) y Navidad (25 de diciembre).
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