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GUERRA ENTRE PODERES AGRANDA CRISIS EN EL PERÚ

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¿UN TITULAR SUBJETIVO PARA ARMAR CIRCO?

CONGRESO AVANZA CON LEY QUE EXPULSA A EMPRESAS CORRUPTAS DE CONCESIONES PÚBLICAS…

Mientras la Jefa de Estado Dina Boluarte y el Congreso de la República  se enfrentan a la Fiscalía y al Poder Judicial? Señalan ¿Qué  la Prensa es cómplice? No dicen ¿Quién maneja la agenda?

No es que sean ignorantes, existe un juego perverso en pared entre el hambre y necesidad del Ejecutivo y el legislativo, que deben responder por sus actos. Saben bien que la corrupción nos mata y consideran a la Fiscalía y Poder Judicial, como enemigos mientras se dicten leyes declarativas que crean espectativas en la opinión pública, que no se dan.

1. La detención preliminar se ha, convertido en una herramienta de persecución politica. La norma debe aplicarse exclusivamente para casos de homicidio, sicariato, violación o extorsión. ¿Porqué este Proyecto de Ley no incluye al DELITO DE CORRUPCIÓN? ¿Será que los pulpos quieren que el delito de corrupción siga sin detención preliminar a pesar de su proyectito?  EL DELITO DE CORRUPCIÓN NO ESTÁ INCLUIDO EN SU LEY !!! Entonces el almirante Montoya, le miente al país, cuando señale en X: ¡QUE EL PERÚ SEPA QUIÉNES NO FIRMARON!

Aquí están las bancadas que NO quisieron firmar para que la detención preliminar se lleve a cabo.


Se pregunta el almirante Montoya ¿A quién protegen? ¿Por qué se niegan a dar la cara? El Perú merece saber la verdad.

2. ¿Quiénes usan el sistema de justicia contra operadores políticos, están detrás de esta ley?  ¿Son los mismos de siempre, con quienes pactan y se encubren….? ¿Guerra entre pulpos hambrientos del mismo mar?

¡¡¡Pero la ley 32108 que votaron a favor junto a Fuerza Popular, AAP, PL, Somos Perú, Podemos, Acción Popular y medieval en abstención. No somos olvidadizos!!! ¿Porqué la aprobaron y no derogaron instantáneamente? Sin embargo contratan a técnicos, «especialistas», etc…. con gran sueldo ( plata de nuestros impuestos) y no hacen bien su trabajo: en el 2021, el Congreso tenía un promedio de 23 trabajadores por congresista. Para el 2025, el promedio ha pasado a ser de 27 trabajadores por congresista. ¿3510 papanatas que se la llevan fácil?

«Pero, todos arrugan con el proyecto de ley para fiscalizar a las ONGs, con el cuento que se puede perder la cooperación internacional».

3. Lo mismo pasa con la nueva ley «extinción de dominios» que afecta a los partidos políticos que están en el Congreso y funcionarios,  con el cuento que existe una «arbitrariedad».

LA NUEVA LEY EXTINCIÓN DE DOMINIO ES UNA ABERRACIÓN (es esencialmente contraria al Derecho). La incautación, el decomiso y las medidas cautelares son suficientes para garantizar la reparación civil, así como, para frenar la reutilización de las herramientas delictivas:

La nueva ley de extinción de dominio en Perú ha generado controversia y preocupación entre expertos y la sociedad civil. Aquí algunas razones por las que esta ley puede ser considerada una aberración y por qué debe ser regulada:

Problemas con la ley
1. Débil protección de los derechos de propiedad: La ley puede ser utilizada para expropiar propiedades de manera arbitraria, sin garantizar una compensación justa ni un debido proceso.
2. Amplia discrecionalidad: La ley otorga una gran discrecionalidad a los jueces y fiscales para decidir qué propiedades pueden ser extinguidas, lo que puede generar arbitrariedad y corrupción. Ejemplo: ¿Cómo es?
3. Falta de transparencia y rendición de cuentas: La ley no establece mecanismos claros de transparencia y rendición de cuentas para garantizar que los procesos de extinción de dominio sean justos y transparentes.
4. Impacto en la economía y la inversión: La ley puede generar inseguridad jurídica y desalentar la inversión en el país, lo que puede tener un impacto negativo en la economía peruana.
5. Posibles abusos y corrupción: La ley puede ser utilizada para fines políticos o personales, lo que puede generar abusos y corrupción.

Regulación necesaria
1. Establecer criterios claros y objetivos: Es necesario establecer criterios claros y objetivos para determinar qué propiedades pueden ser extinguidas, y garantizar que estos criterios sean aplicados de manera consistente.
2. Garantizar la transparencia y rendición de cuentas: Es necesario establecer mecanismos de transparencia y rendición de cuentas para garantizar que los procesos de extinción de dominio sean justos y transparentes.
3. Proteger los derechos de propiedad: Es necesario garantizar que los derechos de propiedad sean protegidos y que cualquier expropiación sea realizada de manera justa y con una compensación adecuada.
4. Prevenir abusos y corrupción: Es necesario establecer mecanismos para prevenir abusos y corrupción en la aplicación de la ley.

En resumen, la nueva ley de extinción de dominio en Perú requiere una regulación urgente para garantizar que sea aplicada de manera justa, transparente y respetuosa de los derechos de propiedad.

Podemos discrepar con otros colegas,  lo mio es una opinión para entender los alcances de la Nueva Ley de Extinción de Dominio, SI CREO QUE DEBE HABER  MODIFICACIONES A LA NORMA, la actual deja un campo abierto. Esto es una guerra  declarada entre pulpos del mismo mar (por no decir cloaca), a pesar que  el diario Expreso, nos regala con un titular engañoso.

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