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Obscura conspiración Comunista contra el derecho al sufragio en Perú

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Es nulo y punible todo acto, actitud o conducta que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de cualquier de sus derechos.

Expresarse libremente en las urnas, siendo así cómo nos explicamos los miles de actas impugnadas y observadas donde ganó Fuerza Popular, otras con firmas falsas y errores, familiares integrando las mesas, actas que desafían las estadísticas como ciencia con votaciones inverosímiles, etc. son evidencias que los promotores del fraude del partido comunista, Perú Libre, se prepararon para alterar el voto del pueblo.

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Hoy sin escrúpulos exigen, que se proclame de una vez presidente al “Prosor” Pedro Castillo, en complicidad de Onpe, JNE, Observadores de la OEA, Transparencia (ONG caviar), Ministerio Público, el presidente Sagasti, ¿la izquierda internacional del Foro de Sao Paulo y prensa adulona?

Frente a todas las pruebas reiteradas y la abundante cantidad de información, con hechos, indicios o conductas que encuadran en delitos penales que revelan atentados contra el libre sufragio, cabe otra pregunta: ¿Qué hicieron los organismos que regulan y fiscalizan los actos electorales? ¿Cuál es la actitud de la Fiscalía como defensor y protector de la legalidad en nuestro país? ¿Acaso el presidente de la República, Francisco Sagasti no rompió el principio de neutralidad al llamar a Mario Vargas Llosa y otras personas que tenían contacto con Keiko Fujimori y la convenzan de su derrota de esta forma devolver la calma que requiere el país? ¿En vez de hacer este papelón por qué no dio un mensaje a la nación y llamado a la paz, esperar los resultados del JNE? ¿Cuál es la prisa, el apuro?

O sea, ¿Qué pueden violentar lo señalado en nuestra Constitución Política, que reconoce el derecho al libre sufragio en diferentes artículos y no pase nada? ¿Es que acaso la estrategia de Perú Libre, no es la misma que se usó en Venezuela, Bolivia y Nicaragua?

JNE DE CABEZA

La felonía del JNE en todo el proceso electoral y sus competencias:

El proceso electoral puede ser entendido como el conjunto de etapas con efectos perentorios y preclusivos que tienen como fin el planeamiento, la organización, ejecución y realización de los distintos procesos electorales previstos en la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, incluida la posterior acreditación de los elegidos de acuerdo a lo manifestado en las urnas.  El respeto del proceso en su conjunto es una garantía del Estado Democrático Constitucional de Derecho que tiene como fin la estabilidad democrática.

Las diferentes etapas en las cuales puede dividirse el proceso electoral conforme a lo previsto en la Ley Orgánica de Elecciones N.º 26859, podrían resumirse en: i) convocatoria; ii) actividades concernientes al sufragio; iii) proclamación de los resultados. Dichas etapas tienen efectos perentorios y preclusivos ya que cada una de ellas representa una garantía, las cuales en su conjunto buscan como fin último respetar la voluntad del pueblo en las urnas, asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos, que el escrutinio sea el reflejo exacto y oportuno de la  voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa, brindar seguridad jurídica al proceso electoral y con ella, la estabilidad y el equilibrio del sistema constitucional en su conjunto.

Vaya uno a saber en qué va a terminar todo esto que tiene a nuestro país en un callejón sin salida, tanto que nuestras FFAA están en alerta.

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