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Ministra de Economía, «Tony» Alva en la cuerda floja

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El padre y el hermano de la actual ministra de Economía contrataron con empresas privadas por un millón y medio de soles, cuando ella ya estaba en el cargo. Se detectó que mintieron en la declaración jurada y habrían cometido falsedad genérica delito castigado hasta con 4 años de prisión.

Pese a que la ley de Contrataciones con el Estado advierte que está prohibido que los familiares de los ministros en función contraten con el Estado, la empresa dirigida por el padre y hermano de la ministra de Economía y Finanzas, Antonieta Alva, brindó servicios al Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI), adscrito al Ministerio de Agricultura (Minagri), por más de un millón y medio de soles.

Conforme reveló América TV, luego que María Antonieta juró como titular del Ministerio de Economía y Finanzas el pasado 3 de octubre del 2019, dos meses después, el 27 de noviembre, el programa adscrito al Minagri, gestionado por el ministro Jorge Montenegro, le otorgó la buena pro al Consorcio Geoservice – Hidroenergía, para que brinde servicios de consultoría y percibió S/ 1 557 000.

En ese sentido, una de las dos empresas que integra el consorcio ganador es Hidroenergía Consultores en Ingeniería, una compañía de responsabilidad limitada entre sus accionistas figuran Jorge Alva Hurtado y Jorge Alva Luperdi, padre y hermano, respectivamente, de la actual ministra de Economía y Finanzas. Incumpliendo así la ley de Contrataciones que estipula que ambos familiares están impedidos de celebrar contratos con el Estado.

Hay una falta administrativa que determina la inhabilitación de las empresas que conforman el consorcio y esto lo tenía que haber hecho el OCSE, sin que haya una denuncia pública porque ésa es su función”, expresó Mónica Yaya, expresidenta del tribunal de este organismo fiscalizador al medio anteriormente mencionado.

Asimismo, la exfuncionaria del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OCSE) subrayó que “tendrá que iniciarse una investigación a nivel fiscal, porque al indicar que no había impedimento, se ha incurrido en el delito de falsa declaración en el proceso administrativo que tiene una pena privativa de la libertad hasta de 4 años”.

Cabe recordar que el artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado, manifiesta que están impedidos de contratar con el Estado el cónyuge, conviviente o los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de los ministros en función.

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