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SUNEDU: En el ojo de la Tormenta.

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Guillermo Molinari Palomino

Ex Viceministro de Gestión Pedagógica

 Al escribir este artículo recordaba una entrevista realizada en un medio de noticias, sobre la convocatoria del Congreso de la Republica en el mes de marzo 2020 al Superintendente de la SUNEDU, en ese momento Carlos Martín Benavides Abanto; para responder preguntas sobre las contrataciones de servicios de consultoría, servicios de publicidad, contratación de personal, entre otros, que ocurrieron en esa entidad entre los años 2015 al 2018. Situación que, finalmente, no se produjo. Oportunidad en la que declaré que todo funcionario público debe mostrar su disposición para acudir ante todo órgano de control de los poderes del Estado.

En los últimos días, la revista Lima Gris ha publicado algunos informes alertando sobre lo extraño de la expedición de Resoluciones de Licenciamiento de las Universidades UTP y UPAL,  vínculo entre la SUNEDU y la Universidad Tecnológica del Perú (UTP), centro de estudios de propiedad del grupo económico Intercorp, y la UPAL creada en el 2012, lleva ocho años sin funcionar, tiene apenas tres aulas en las que nunca se dictó ni una clase, carece de equipamiento, nadie sabe el nombre de su rector, siendo su actual dueño el Fondo de Inversión UCX Holding (es una sociedad anónima cerrada inscrita el 5 de mayo 2017, en la categoría de fondos y sociedades de inversión) en sociedad con la empresa SASIL (Empresa mexicana de detergentes y jabones); sin embargo, el ex jefe de la SUNEDU, Martín Benavides, le otorgó un veloz licenciamiento el año 2019. Por otro lado, la UTP recibió el licenciamiento para su sede central en Lima pero, simultáneamente, la SUNEDU le otorgó licenciamientos para cinco sedes en provincias que solo existían en el papel.

Quisiera recordar a todos cuáles son esas Condiciones Básicas de calidad exigidas a todas las casas de Estudio de Educación Superior de sus sedes principales y filiales:

  • Existencia de objetivos académicos, grados, títulos y planes de estudio.
  • Oferta educativa compatible con los instrumentos de planeamiento.
  • Infraestructura y equipamiento adecuados para cumplir sus funciones.
  • Líneas de Investigación.
  • Disponibilidad de personal docente calificado con no menos del 25% de docentes a tiempo completo.
  • Servicios educacionales complementarios básicos.
  • Mecanismos de inserción laboral.
  • CBC Complementaria Transparencia de Universidades.

 

La SUNEDU señala que “El 26 de enero del 2018, la UTP presentó la solicitud de creación de 8 filiales ubicadas en las regiones de Ancash, Cusco, Tacna, Puno, Ica, Piura, Junín y La Libertad” y añade que “Para obtener su licenciamiento, la universidad demostró contar con la infraestructura y el equipamiento necesario para la prestación del servicio educativo”. Por esas razones, la SUNEDU le extendió el licenciamiento a las filiales de la  UTP “tras corroborar que dicha casa de estudio cumplía las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) indispensables para ofrecer el servicio educativo de nivel universitario en el Perú”. En la oportunidad en que se le otorgo el licenciamiento quedaba pendiente de presentar evidencias de las acciones ejecutadas para mejorar la selectividad de sus alumnos en los exámenes de admisión. También debía presentar resultados de los proyectos de infraestructura de sus nuevas filiales; así como de la implementación gradual de los laboratorios correspondientes a los cursos de los últimos años.

De acuerdo a esta información podemos llegar a la primera conclusión sobre los procesos irregulares, quedaba pendiente de regularización: evidencias de las acciones ejecutadas para mejorar la selectividad de sus alumnos en los exámenes de admisión, presentar resultados de los proyectos de infraestructura de sus nuevas filiales y el plan de la implementación gradual de los laboratorios correspondientes a los cursos de los últimos años.

La denuncia hace notar entonces que la SUNEDU le otorgó licenciamientos para cinco sedes en provincias que solo existían en el papel.

 

Segunda conclusión: Una decisión ajena a la ley porque el requisito para recibir un licenciamiento es tener el local terminado y con toda la implementación necesaria.

Es muy claro que al momento de licenciamiento la Universidad se requería que tanto la sede principal como las filiales a nivel nacional debían tener infraestructuras similares y el mismo nivel de equipamiento e implementación, más aún  cuando la misma universidad afirma que opera en Lima (57 mil 325 alumnos), Arequipa (12 mil 436) y Chiclayo (2 mil 117), y a partir de su licenciamiento queda habilitada para abrir filiales en 5 provincias: Piura, Santa (Áncash), Ica, Trujillo y Huancayo (Junín).

En la entrevista en RPP (Sra. Patricia del Río) se le precisó al  Sr. Ministro el otorgamiento del licenciamiento cuando algunas de esas filiales hoy, continúan en construcción y otras aún no arrancan, por lo tanto, no tienen lo que la ley exige: infraestructura completa, bibliotecas ni laboratorios; pero además no cuentan con licencia de funcionamiento municipal que se otorga recién cuando se empieza a operar. Muchas universidades  por no cumplir con estos requisitos y otras aun contando con los mismos, no alcanzaron  su licenciamiento; sin embargo, estos no le fueron exigidos a la UTP, ante ello el  Ministro responde “estaban totalmente implementadas para sus primeros dos años, a esta como otras universidades”…”El expediente de esa Universidad como de otras Universidades que presentaron casos similares, es decir, proyectos de generación de nuevas filiales”, grave contradicción de parte del Ministro.

Tercera conclusión a la UTP se le aprobó   los Proyectos de generación de las Filiales que pretendían construir. Con ello una clara muestra de infracción a la ley, ya que la Comisión de verificación tendría que haber informado en su momento que dichas filiales solo contaban con proyectos o que sus infraestructuras eran locales en construcción. Sin embargo, se emitió el Informe de Verificación Presencial 071-2019-SUNEDU-DILIC-EV de fecha 07 de Mayo del 2019 señalando que el requisito de Infraestructura estaba cumplido.

Sobre la base de este informe Martín Benavides como jefe de la SUNEDU firmó, el 12 de junio de 2019, la Resolución del Consejo Directivo Nº 081-2019-SUNEDU/ CD afirmando que se habían cumplido las Condiciones Básicas de Calidad —local terminado, aulas, salas de profesores, biblioteca, laboratorios— y otorgó a la UTP el licenciamiento para su sede principal en Lima y para las siete filiales a nivel nacional —no cinco como señalan en su comunicado.

 

Cuarta conclusión: Hoy en día es obvio que el estado real de las sedes licenciadas a la UTP, no están terminadas y menos tienen el equipamiento que le permita brindar las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) para brindar un óptimo servicio a sus estudiantes.

Acerca de la UPAL

Pero, tras cuernos palos como diría mi madre, ahora resulta que el 2 de febrero de 2019, la UPAL obtuvo el informe técnico de licenciamiento, el 3 de junio el informe de Asesoría Jurídica y el 5 de agosto la Resolución del Consejo Directivo Nº 105-2019-SUNEDU/CD que le otorgó la “Licencia Institucional a la Universidad Privada Peruano Alemana SAC (UPAL) para ofrecer el servicio educativo superior universitario”. Situación sumamente extraña.

¿Cómo logró tener licenciamiento una universidad como la UPAL que desde el año 2012 nunca había funcionado y solamente era un papel con logotipo? La propia SUNEDU admite que la UPAL “hasta ahora no ha ofertado el servicio educativo”.

 

Sin embargo, para muchos de nosotros lo más grave es como se han quedado fuera de la educación superior más de 150,000 estudiantes de las universidades no licenciadas, sin que hasta la fecha no se les haya dado diversas alternativas de solución a sus expectativas de continuar con sus estudios, y agudiza esta situación y que viene generan un sentimiento de discriminación es la dación del D.S. 016-2019 para que las universidades públicas puedan reorganizarse bajo el control de la SUNEDU y si elevan su nivel académico puedan volver a funcionar. Una ley no puede dar exclusividad a un sector (art. 103 de la constitución), en este caso solo a las Universidades estatales frente a las privadas que en varios casos cumplían con las exigencias principales, pero por aspectos de orden administrativos financieros o de representación de sus funcionarios, que no fueron capaces de levantar en su momento no se les licencio.

Surgen entonces una serie de preguntas,  que si ponen en serio riesgo la Reforma Universitaria, como las que señalamos a continuación:

¿Cómo pudo licenciar la SUNEDU a la UTP y la UPAL cuando a todas luces en algunos de sus informes  no cumplía con todos los requisitos de las CBC, que si se les exigía a otras universidades que han sido cerradas y han dejado sin estudios a más de 150,000 estudiantes?

¿Cómo se pudo a través de los informe de verificación indicar que realmente existían “Servicios educacionales complementarios básicos” (bibliotecas, laboratorios, tópicos) tanto en UTP como UPAL, a partir del cual ex superintendente Martín Benavides en ese momento firmo los licenciamientos para las sedes principales y de 5 filiales en provincias en el caso de la UTP?

Y es muy pertinente la pregunta que se incluye en el artículo de Lima Gris ¿Por qué el hoy ministro de Educación y ex jefe de la SUNEDU, Martin Benavides, decidió actuar de ese modo? Indicando además en su opinión que no se trata de simples errores administrativos, se trata de ventajas concedidas para un negocio sumamente lucrativo.

Me quedo con las expresiones finales de Patricia del Rio…” El único problema que me gustaría señalar, señor ministro, es que para que se licenciaran las otras universidades les pedían hasta que el caño del laboratorio estuviera puesto”.

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