Actualidad

Entró en vigencia nueva regulación para la ejecución de Obras por Administración Directa

Published

on

258 Vistas
¡Clickear Stars!
(Votos: 1 Promedio: 5)

Entró en vigencia regulación para ejecución de obras por Administración Directa.

 

  • Directiva es de ejecución obligatoria para entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y municipalidades, además de empresas públicas

 

Lima, 4 de junio de 2024.- Desde el 1 de junio, el país cuenta con una directiva para la ejecución de Obras por Administración Directa. Esta nueva regulación aprobada por la Contraloría General permitirá que estas obras sean transparentes, céleres y con una ejecución efectiva, procurando mejores condiciones de calidad, costo y oportunidad, así también disminuirá el riesgo de paralizaciones o la existencia sin sustento de mayores gastos a los establecidos en los presupuestos, según los expedientes técnicos, que ahora serán revisados rigurosamente, antes de proceder a la inversión y ejecución de los recursos públicos por esta modalidad de contratación.

 

Recordemos que previamente la Contraloría General oficializó la aprobación de la Directiva N° 017-2023-CG/GMPL que regula la “Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa”, mediante la Resolución de Contraloría N° 183-2024-CG publicada el último 27 de marzo en el diario oficial El Peruano, estableciendo su entrada en vigencia a partir del 1 de junio. Sus efectos alcanzan a todos los pliegos del gobierno nacional, regional y local, así como todas las entidades de tratamiento empresarial o empresas públicas bajo el ámbito del FONAFE y del Sistema Nacional de Control.

 

La directiva está adecuada a los requerimientos, tecnología y metodología de las obras actuales para evitar que se susciten diversos problemas que ocasionan perjuicio al país, como el de las obras paralizadas. Como se conoce según informe de obras paralizadas de la Contraloría, a diciembre del año 2023 se contaba con un total de 2298 obras paralizadas a nivel nacional, de los cuales unas 1270 correspondían a Obras por Administración directa, es decir más del 55% del total.

 

Una de las principales falencias que se observaba en la ejecución de las Obras por Administración Directa estaba relacionada con la poca rigurosidad en la revisión de los expedientes técnicos que contenían errores que repercutían en una mala ejecución. Tampoco se solicitaba un personal profesional y técnico mínimo para su ejecución, lo que repercutía en su calidad. A ello se sumaba la poca transparencia de la información lo que convertía a esta modalidad en poco accesible al control.

 

Mejor preparación

La directiva que acaba de entrar en vigencia está enfocada en que la gestión pública pueda realizar Obras por Administración Directa ágiles al contar con el abastecimiento de todos los recursos necesarios previo a su ejecución y durante la misma, según el plan de abastecimiento presentado, lo que favorecerá a la celeridad de su ejecución. Ahora se han establecido fases previas antes del inicio de las obras para solucionar problemas que muchas surgían cuando ya se habían iniciado los trabajos y generaban paralizaciones o mayores gastos en su ejecución.

 

Por ejemplo, en la primera fase de aprobación, los funcionarios públicos deberán acreditar con informes técnicos, financieros y legales que la propuesta de obra cuenta con equipamiento un staff técnico mínimo, personal, presupuesto y terrenos saneados o sin impedimentos legales para que se declare viable la ejecución. En la siguiente fase de preparación, se contratará al residente de obra quien revisará de forma exhaustiva el expediente técnico de obra y al supervisor o inspector quien validará dicha revisión. Si el documento presenta defectos, se retorna para la corrección respectiva. Luego de aprobarse el expediente, se ingresa a la etapa de elaboración del plan de abastecimientos y de requerimientos, en el que se inicia la compra de los materiales necesarios, antes del inicio de la obra, incluyendo la contratación del personal restante. Con todas esas fases aprobadas, la entidad procede a que se inicien los trabajos que avanzarán con un menor riesgo de inconvenientes, de acuerdo a su plan y cronograma de trabajo.

 

 

Transparencia

Otra innovación de la nueva directiva es la implementación del Cuaderno de Obra Digital para las Obras por Administración Directa que estará alojado en el portal del Sistema de Información de Obras Públicas- INFOBRAS, el cual deberá registrar información como ingresos, egresos, bienes, servicios que se emplea y los avances de la obra, entre otros. El llenado de la información es obligatorio y estará a cargo del residente y el supervisor o inspector responsables de la obra. Antes esta data se registraba en un cuaderno físico, que muchas veces se encontraba incompleto o no se podía acceder al mismo. Del mismo modo los avances de la obra deberán ser registrados en el sistema INFOBRAS por el ingeniero inspector o supervisor, manteniendo actualizada la información en pos de la transparencia.

 

Otra particularidad de la transparencia que se le dota ahora a las Obras por Administración Directa es que los ejecutores podrán realizar liquidaciones parciales para los casos de obras cuya ejecución dura más de cuatro meses. Se trata de cierres técnicos y financieros que permitirán verificar a cuánto asciende el presupuesto ejecutado y realizar un balance. Esta innovación facilita que con antelación se prevea posibles problemas o riesgos para solucionarlos.

 

Expedientes técnicos: Metodología BIM

Con la nueva regulación, todos los expedientes técnicos de Obras por Administración Directa aprobados, con un presupuesto mayor a los S/ 10 millones deberán ser elaborados en el marco de la metodología BIM, la misma que permite, en un entorno virtual, ejecutar la obra con participación de los profesionales involucrados para ir observando los avances y proponer soluciones a los inconvenientes que puedan surgir durante su ejecución física. Esto favorece a la revisión exhaustiva del expediente técnico de obras de magnitud y reducir notablemente el surgimiento de adicionales de obras.

 

Si aún bajo todos estos parámetros establecidos por la nueva regulación se presenten adicionales de obras que excedan el 50% del costo total de la obra, la Contraloría General activará sus servicios de control gubernamental que corresponda, así como se comunicará a la entidad a efectos de que disponga se evalúe el desempeño  de todos los responsables y para el deslinde de responsabilidades.

 

El Dato

La Contraloría General, por medio de la Escuela Nacional de Control, viene desarrollado desde abril de este año el Webinar: Obras Públicas por Administración Directa, todos los días jueves, al que han asistido hasta el momento cerca de 3300 personas. Asimismo, se han desarrollado cursos presenciales de la misma temática.

 

 

 

 

Facebook Commentarios

Tendencias

Salir de la versión móvil